VOLKSWAGEN ARGENINA SA (TF 35637010-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La actora promovió un recurso directo contra la resolución que rechazó su acción de amparo. La Cámara Contencioso Administrativa modificó la sentencia y dispuso que las costas sean impuestas a la demandada por la demora injustificada en el trámite administrativo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Acción de amparo por demora excesiva en el trámite de un procedimiento de repetición de derechos de importación abonados en exceso.
- Decisión de 1ra Instancia: El Tribunal Fiscal de la Nación rechazó la acción de amparo con costas.
- Decisión de la Cámara: Se admite el recurso de la actora y se modifica la distribución de costas, imponiéndolas a la demandada por la demora injustificada en el trámite administrativo. La Cámara consideró que la actora se vio compelida a iniciar el amparo por la morosidad del servicio aduanero, y que correspondía admitir el recurso y modificar el régimen de costas.
Fundamentos relevantes:
- El artículo 1160 del Código Aduanero permite iniciar un recurso de amparo ante el Tribunal Fiscal por demora excesiva de los empleados administrativos en realizar un trámite, si previamente se ha interpuesto pedido de pronto despacho.
- En el caso, se verificó la existencia de: a) una petición sobre la cual se requirió la expresión de la demandada (solicitud de devolución de derechos abonados en exceso); b) un pedido de "pronto despacho" efectuado; y c) el transcurso en exceso del plazo de 15 días que la normativa aduanera prevé como requisito de admisibilidad para el inicio del amparo.
- Por lo expuesto, correspondía admitir la apelación e imponer las costas a la demandada por su injustificada demora.
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