RURAK, HERNAN GABRIEL c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor reclamó la inclusión de un suplemento en su haber mensual. La Cámara confirmó la sentencia que ordenó al Estado incorporar el suplemento con carácter remunerativo y bonificable.
Incorporación del suplemento por "Servicio Externo Uniformado" en el haber mensual, con carácter remunerativo y bonificable.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar al reclamo y confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó al Estado incorporar el suplemento reclamado en el haber mensual del actor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La cuestión es análoga al precedente "Bosso" de la Corte Suprema, por lo que corresponde remitirse a los fundamentos allí expuestos.
- Los suplementos deben computarse con carácter "remunerativo" y "bonificable".
- El plazo de prescripción aplicable es el quinquenal previsto en el Código Civil, contado a partir del 1 de enero de 2014 cuando comenzó a regir el Decreto que creó el suplemento.
- Las costas se imponen a la demandada vencida, salvo que se justifique apartarse del principio general.
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