OLMOS, CANDELA c/ UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES - LEY 24521 s/AMPARO POR MORA
La actora promovió un incidente para obtener el total cumplimiento de una sentencia de amparo. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó los honorarios regulados al abogado de la actora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora Candela Olmos promovió un incidente para obtener el total cumplimiento de una sentencia de amparo dictada en su favor contra la Universidad de Buenos Aires. La Cámara Contencioso Administrativa Federal analizó el recurso deducido contra los honorarios regulados al abogado de la actora, Dr. Luciano Martín Polimeni, por su actuación en el trámite de ejecución de la sentencia de amparo. La Cámara consideró la naturaleza del asunto, lo preceptuado por el art. 48 de la Ley 27.423 sobre honorarios mínimos en amparos, y lo dispuesto en los incs. b) a g) del art. 16 de dicha ley arancelaria. Atendiendo a las tareas desarrolladas por el letrado tendientes a obtener el total cumplimiento de la sentencia, y valorando el valor, motivo, extensión y calidad jurídica de la labor incidental, la Cámara confirmó los honorarios regulados al Dr. Polimeni. Asimismo, la Cámara estableció que el Impuesto al Valor Agregado integra las costas del juicio y deberá adicionarse a los honorarios cuando el profesional revista la calidad de responsable inscripto en dicho tributo.
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