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MERCADO, RICARDO ALEJANDRO Y OTROS c/ EN -M DEFENSA - FUERZA AEREA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor promovió demanda por obligaciones dinerarias contra el Estado Nacional. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la intimación al Estado a depositar las sumas adeudadas, al considerar que el Estado incumplió su deber legal de comunicar al Congreso la obligación y prever el crédito presupuestario.

Ejecucion de sentencia Obligaciones dinerarias Presupuesto Estado Deber de comunicacion al congreso


¿Quién es el actor?

Mercado Ricardo Alejandro y otros

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
- Fuerza Aérea

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Obligaciones dinerarias

¿Qué se resolvió?

Se rechaza el recurso de apelación interpuesto por el Estado Nacional y se confirma la intimación a depositar las sumas adeudadas. Fundamentos principales:
- El artículo 22 de la Ley 23.982 y el artículo 170 de la Ley 11.672 establecen que el Estado debe comunicar al Congreso las obligaciones firmes y prever su inclusión en el presupuesto.
- El incumplimiento de ese deber legal por parte del Estado habilita al acreedor a solicitar la ejecución judicial.
- No es admisible que el Estado pueda demorar el cumplimiento de una sentencia judicial mediante el incumplimiento de un deber legal.
- El tribunal cuenta con la potestad de controlar el recto cumplimiento de las sentencias contra el Estado.

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