HURTADO, FRANCISCO RAMON Y OTROS c/ EN-AFIP s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
Los jubilados promovieron demanda por inconstitucionalidad de retenciones del Impuesto a las Ganancias. La Cámara modificó la sentencia y ordenó el reintegro de las sumas retenidas no prescriptas.
Inconstitucionalidad de los artículos 23 inc. c), 79 inc. c), 81 y 90 de la Ley de Impuesto a las Ganancias que establecen retenciones sobre haberes previsionales
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la declaración de inconstitucionalidad de las disposiciones impugnadas, pero modificó el alcance temporal del reintegro, limitándolo al plazo de prescripción de 5 años. Además, impuso el pago de intereses resarcitorios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Corte Suprema en "García" estableció que gravar los haberes previsionales vulnera la capacidad contributiva y la especial situación de vulnerabilidad de los jubilados.
- La Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores exige un trato diferenciado para este colectivo.
- Los actores tienen entre 62 y 65 años, por lo que se encuentran alcanzados por el precedente "García".
- La modificación legal posterior (Ley 27.617) no cumplió con los parámetros fijados por la Corte Suprema.
- Respecto al plazo de reintegro, corresponde aplicar la prescripción quinquenal prevista en la Ley 11.683.
- Los intereses resarcitorios deben correr desde la fecha de interposición de la demanda.
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