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PATERNO, MARIA VIRGINIA c/ CPACF (EX 30684/18) s/EJERCICIO DE LA ABOGACIA - LEY 23187 - ART 47

La abogada María Virginia Paterno fue sancionada disciplinariamente por el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sanción impuesta.

Deber de lealtad Deberes eticos Disciplina profesional Multa disciplinaria Notificacion a colega


¿Quién es el actor?

María Virginia Paterno, abogada

¿A quién se demanda?

Colegio Público de Abogados de la Capital Federal

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Sanción disciplinaria por falta de notificación a una colega que había intervenido previamente en un caso.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sanción de multa de $50.000 impuesta a la abogada Paterno por el Tribunal de Disciplina del Colegio de Abogados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Dra. Paterno incumplió la obligación de notificar fehacientemente a la colega que la había sustituido en el patrocinio de un caso, conforme lo exige el Código de Ética.
- No se acreditó que la Dra. Paterno hubiera intentado contactar a la colega ni que le hubiera notificado su intervención.
- Los cuestionamientos de la defensa sobre discriminación de género y arbitrariedad de la sanción no pudieron ser demostrados.
- La graduación de la sanción es facultad del tribunal disciplinario y no se considera desproporcionada.

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