SEGURA, ENCARNACION c/ M JUSTICIA Y DDHH s/INDEMNIZACIONES - LEY 24043 - ART 3
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma el beneficio indemnizatorio a favor de la Sra. Encarnación Segura, pero declara inadmisible el recurso extraordinario interpuesto por la parte demandada.
¿Quién es el actor?
Sra. Encarnación Segura
¿A quién se demanda?
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación
- Objeto de la demanda: Obtener el reconocimiento del beneficio indemnizatorio previsto en la Ley 24.043
- Decisión del tribunal: La Cámara Contencioso Administrativa Federal admitió el recurso de apelación de la Sra. Segura y dejó sin efecto la resolución del Ministerio que le denegaba el beneficio, ordenando a la autoridad administrativa que efectúe la liquidación correspondiente. Sin embargo, la Cámara desestimó el recurso extraordinario interpuesto por la parte demandada, al considerar que los agravios formulados remiten sustancialmente a cuestiones fácticas y no a la interpretación de la ley.
Los principales fundamentos de la decisión son:
- La Ley 24.043 que regula el beneficio indemnizatorio reclamado reviste naturaleza federal.
- No se verifica una relación directa e inmediata entre las cuestiones debatidas y las disposiciones legales invocadas por el recurso extraordinario, incumpliéndose el requisito del art. 15 de la Ley 48.
- La Cámara siguió el criterio establecido recientemente por la CSJN en casos similares, que declaró inadmisible el recurso extraordinario por aplicación del art. 280 del CPCCN.
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