MONTENEGO RECZKOSKI, MARCOS Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL - MINISETRIO DE SEGURIDAD - POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Reclamo de agentes de la Policía de Seguridad Aeroportuaria por carácter remunerativo y bonificable de suplementos y compensaciones. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma la sentencia apelada.
¿Quién es el actor?
MONTENEGRO RECZKOSKI, MARCOS Y OTROS
¿A quién se demanda?
ESTADO NACIONAL
- MINISTERIO DE SEGURIDAD
- POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por carácter remunerativo y bonificable de suplementos y compensaciones establecidos en los Decretos N° 836/08 y 2140/13 (por capacitación superior, actividad riesgosa, jefatura, tarea jerárquica, cargo o función intermedia, exigencia del servicio de seguridad aeroportuaria, racionamiento, vivienda, vestimenta y zona).
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma la sentencia apelada, aplicando los fundamentos vertidos en el precedente "Martínez, José Domingo y otros c/ EN
- M° Seguridad
- PSA s/ personal militar y civil de las FFAA y de Seg.", Causa Nº 48697/2017.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones planteadas en los agravios esgrimidos, tanto en cuanto al carácter remunerativo y bonificable de los suplementos y compensaciones establecidos en los Decretos N° 836/08 y 2140/13 -por capacitación superior, actividad riesgosa, jefatura, tarea jerárquica, cargo o función intermedia, exigencia del servicio de seguridad aeroportuaria, racionamiento, vivienda, vestimenta y zona-, como así también respecto a la tasa de interés aplicable, la capitalización de intereses e imposición de costas de la anterior instancia, son sustancialmente análogas a lo resuelto por esta Sala en la sentencia dictada el 25/11/2020in re, "Martínez, José Domingo y otros c/ EN
- M° Seguridad
- PSA s/ personal militar y civil de las FFAA y de Seg.", Causa Nº 48697/2017. De tal modo, resultan de aplicación -en lo pertinente
- los fundamentos allí vertidos y la decisión allí adoptada, a los cuales cabe remitirse a fin de evitar innecesarias reiteraciones."
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