AKZO NOBEL ARGENTINA SA c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala V confirmó la decisión del Tribunal Fiscal de la Nación que hizo lugar a la repetición de intereses resarcitorios abonados indebidamente por la actora.
Repetición de intereses resarcitorios abonados indebidamente
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó el recurso directo interpuesto por la AFIP-DGI y confirmó la decisión del Tribunal Fiscal que había hecho lugar a la repetición solicitada.
Los fundamentos principales fueron:
- El Tribunal Fiscal es competente para entender en la repetición de intereses resarcitorios abonados indebidamente, aun cuando no haya un tributo determinado.
- La actora había imputado erróneamente el crédito del Impuesto sobre Créditos y Débitos Bancarios a un impuesto que no debía pagar (Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta), por lo que corresponde repetir los intereses resarcitorios abonados.
- Se confirma la aplicación de la tasa de interés pasiva promedio del BCRA y la imposición de costas en el orden causado.
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