Incidente Nº 2 - ACTOR: BORDON, PASCUAL EUGENIO Y OTROS DEMANDADO: EN-M SEGURIDAD-PNA s/INC EJECUCION DE SENTENCIA
El Estado Nacional solicitaba diferir el pago de la condena hasta el ejercicio fiscal siguiente. La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó la decisión de primera instancia y admitió parcialmente la apelación.
¿Quién es el actor?
Bordón, Pascual Eugenio y otros
¿A quién se demanda?
EN-M SEGURIDAD-PNA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Incidente de ejecución de sentencia
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal admitió parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la demandada. Consideró que la demandada se encontraba dentro de los plazos previstos por las leyes 23.982 y 11.672 para realizar el pago, por lo que no correspondía la ejecución forzada. Sin embargo, dejó sentado que en caso de no realizarse el pago total, no se admitirá una nueva previsión presupuestaria.
Los principales fundamentos fueron:
- La demandada tenía plazo hasta el 31/12/2024 para realizar el pago, de acuerdo a lo previsto en las leyes 23.982 y 11.672.
- Cita el fallo "Curti" de la CSJN que faculta al Estado a diferir el pago de la condena por única vez.
- Indica que mientras no se cancele el crédito, los intereses seguirán devengándose.
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