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EMPRENDIMIENTOS MIGUELETES 700 SA c/ EDENOR SA s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La firma Emprendimientos Migueletes 700 S.A. demandó a EDENOR S.A. para obtener el reintegro de los gastos incurridos en la construcción de una cámara transformadora. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal modificó la sentencia de primera instancia y dispuso que los intereses se computen desde la fecha del apto civil que acreditó la finalización de la obra.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La firma Emprendimientos Migueletes 700 S.A. demandó a EDENOR S.A. reclamando el reintegro de los gastos incurridos en la construcción de una cámara transformadora de electroducto exigida por EDENOR para la prestación del suministro de energía eléctrica. El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda y condenó a EDENOR al pago de $2.224.944. La Cámara confirmó la condena, pero modificó el criterio sobre el inicio del cómputo de los intereses, estableciendo que deben correr desde la fecha del apto civil (18/05/2011) y no desde la interposición de la demanda como dispuso el juez de grado. La Cámara desestimó los agravios de EDENOR respecto a la legitimación activa de la actora y el monto de la condena. Consideró acreditado que la actora, en su carácter de constructora, efectuó los desembolsos para la construcción de la cámara transformadora.

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