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GUERRA, RODRIGO FABIAN c/ CPACF (EX 32511) s/EJERCICIO DE LA ABOGACIA - LEY 23187 - ART 47

Letrado sancionado por el Tribunal de Disciplina del Colegio Público de Abogados de Capital Federal interpone recurso directo contra la sanción. La Cámara Contencioso Administrativo Federal revoca la sanción por considerar que la conducta del abogado no configura una falta ética grave.

Recurso directo Diligencia Renuncia al patrocinio Deber de lealtad Colegio publico de abogados Falta etica Tribunal de disciplina

¿Qué se resolvió en el fallo?

El letrado Rodrigo Fabián Guerra fue sancionado con un llamado de atención por el Tribunal de Disciplina del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal por supuesta conducta desleal y atentatoria al respeto debido a la Justicia, al haber alegado una pérdida de contacto con su cliente como motivo para renunciar al patrocinio, cuando en realidad mantenía comunicación. Guerra apeló la sanción, alegando que no existía elemento probatorio que acreditara una maniobra dilatoria y que, en realidad, sí había comunicado debidamente su renuncia a su clienta. La Cámara Contencioso Administrativo Federal revocó la sanción, considerando que si bien el letrado pudo haber incurrido en un desacierto profesional al invocar un motivo falaz para renunciar, ello no configura una falta ética grave que merezca sanción disciplinaria, ya que no se verificó un entorpecimiento sustancial del proceso y el letrado había solicitado notificar la renuncia al domicilio real de su clienta.

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