Logo

OKSA, MARIA GIMENA c/ CPACF (EX 29616/17) s/EJERCICIO DE LA ABOGACIA - LEY 23187 - ART 47

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sanción de multa impuesta a la letrada por actuar con negligencia en la representación de su cliente.

Diligencia Negligencia profesional Sancion disciplinaria Ejercicio de la abogacia Lealtad Probidad

Ejercicio de la abogacía
- Ley 23187
- Art 47

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó el recurso de apelación interpuesto por la letrada contra la sanción de multa impuesta por el Tribunal de Disciplina del CPACF.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El Tribunal de Disciplina actuó correctamente al iniciar el procedimiento disciplinario de oficio contra la letrada, al advertir su intervención como patrocinante en una demanda judicial carente de sustento fáctico.
- La conducta de la letrada, al suscribir una demanda sin verificar los hechos básicos, configuró una grave omisión en el cumplimiento de sus deberes profesionales, contraviniendo los deberes de lealtad, probidad y diligencia que le imponen la ley y el Código de Ética.
- La sanción de multa impuesta no resulta desproporcionada ni arbitraria, correspondiendo respetar el criterio del tribunal administrativo en la apreciación de los hechos y graduación de la sanción.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar