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CAMACHO, JORGE LUIS Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - PNA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La demandada promovió recurso de apelación contra el rechazo del incidente de nulidad del embargo. La Cámara modifica la decisión y deja sin efecto el embargo, al entender que no ha vencido el plazo legal para el pago del crédito reconocido.

Recurso de apelacion Estado nacional Ejecucion Credito laboral Diferimiento de pago Leyes 23 982 24 624 26 895

Crédito laboral

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala II revoca la resolución que había rechazado el incidente de nulidad de embargo interpuesto por la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que, de acuerdo a las leyes 23.982, 24.624 y 26.895, no ha vencido el plazo para que el Estado Nacional pague el crédito reconocido a favor de los actores, por lo que no corresponde admitir la ejecución forzada pretendida. Si bien el crédito fue reconocido en 2021, la legislación mencionada establece un procedimiento especial para el pago de condenas contra el Estado, que incluye la previsión presupuestaria para el ejercicio siguiente. Por lo tanto, la Cámara dejó sin efecto el embargo dispuesto.

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