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TELECOM ARGENTINA SA c/ ENACOM s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La empresa Telecom Argentina SA promovió demanda por proceso de conocimiento contra el ENACOM. La Cámara Contencioso Administrativa Federal - Sala II modificó la regulación de honorarios otorgando montos superiores a los profesionales intervinientes.

Recurso de apelacion Regulacion de honorarios Complejidad Labor profesional Telecom argentina sa Enacom

¿Qué se resolvió en el fallo?

Quien demanda (Actor): Telecom Argentina SA A quién se demanda (Demandado): ENACOM Qué se reclama (Objeto de la demanda): Proceso de conocimiento Qué se resolvió (Decisión del tribunal): La Cámara Contencioso Administrativa Federal
- Sala II modificó la regulación de honorarios, elevando los montos otorgados a la dirección letrada y representación de la actora, así como a los honorarios de las Dras. María Victoria Arbizu, Vanina Soledad Rago y Laura Amalia Matarrese Pérez. Fundamentos principales de la decisión: "Para ello debe ponderarse la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido, en concordancia con la complejidad de los intereses económicos en juego y la contribución que cada uno ha aportado para llegar a la solución definitiva del pleito." "el valor del juicio no es la única base computable para las regulaciones de honorarios, las que deben ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional". "atento el mérito, calidad, eficacia y extensión de los trabajos desarrollados durante la primera etapa del pleito cumplida corresponde elevar a la suma de PESOS SESENTA MIL ($60.000) los emolumentos de la dirección letrada y representación de la actora; correspondiendo la suma de PESOS TREINTA MIL ($30.000) – para cada uno – los honorarios de las DRAS. MARIA VICTORIA ARBIZU y LAURA NOEMI SPINA, respectivamente." "corresponde, elevar a la suma de PESOS CIENTO DIECISEIS MIL VEINTIOCHO ($116.028)
- equivalente a 6 UMA
- los emolumentos de la dirección letrada y representación de la actora; correspondiendo la suma de PESOS TREINTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS ($38.676) – equivalente a 2 UMA, para cada una de las DRAS. MARIA VICTORIA ARBIZU, VANINA SOLEDAD RAGO y LAURA AMALIA MATARRESE PEREZ, letradas apoderadas, actuantes en la defensa de la actora."

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