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CUESTA, ALFREDO HORACIO Y OTRO c/ EN-M JUSTICIA DDHH-SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS-LEY 24043 s/AMPARO POR MORA

Actores promueven amparo por mora administrativa y obtienen sentencia favorable, pero el Estado Nacional apela y logra ampliar el plazo para dictar el acto subsiguiente.

Costas Derechos humanos Plazo razonable Amparo por mora administrativa Ley 24 043 Exilio

Amparo por mora administrativa en la resolución de sus expedientes por solicitud de beneficios de la Ley 24.043 (exilio)

¿Qué se resolvió?


- Primera instancia: Se hizo lugar al amparo, ordenando al Estado que resuelva los expedientes en 15 días y reguló honorarios.
- Apelación: Se modifica la sentencia, confirmando la mora administrativa pero ampliando el plazo para que la Administración dicte el acto subsiguiente a 30 días hábiles. Se distribuyen las costas por su orden en ambas instancias.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Si bien el Estado argumentó suspensión de plazos por pandemia, este no afectaba la validez de los actos que la Administración podía seguir emitiendo.
- Corresponde distinguir entre silencio en la decisión final y silencio en el trámite, debiendo ordenarse un plazo razonable para el dictado del acto subsiguiente.
- Las particulares circunstancias del caso justifican distribuir las costas por su orden.

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