MARTINEZ PAIVA, MARIANO JAVIER c/ EN-ENACOM s/EMPLEO PUBLICO
El actor reclamó indemnización por despido incausado tras más de 14 años de contratos sucesivos. La Cámara revocó la sentencia y ordenó el pago de la indemnización por la utilización fraudulenta de figuras contractuales temporarias.
Indemnización por despido incausado tras más de 14 años de contratos sucesivos
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda. Consideró que la demandada utilizó figuras contractuales temporarias de modo fraudulento para encubrir una relación laboral de carácter permanente, por lo que ordenó el pago de la indemnización prevista en el art. 11 de la Ley 25.164.
Los principales fundamentos fueron:
- La extensión del vínculo por más de 14 años y la naturaleza permanente de las tareas realizadas permiten presumir una desviación de poder por parte de la Administración, que mantuvo al actor en una situación de inestabilidad contraviniendo el art. 14 bis de la CN.
- No resulta oponible la teoría de los actos propios cuando el trabajador se vio obligado a someterse al régimen contractual impuesto por la Administración como única vía de acceso al trabajo.
- Si bien el mero transcurso del tiempo no modifica la situación de un agente contratado, en este caso la prolongada duración y la naturaleza permanente de las funciones permiten aplicar la doctrina del precedente "Ramos".
- La Administración no aportó prueba sobre el carácter transitorio o eventual de las tareas, ni justificó debidamente la decisión de rescindir los contratos.
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