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LERNER, DIEGO JOSE c/ EN-AFIP s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

El actor impugnó la denegación de la exención del Impuesto sobre los Bienes Personales. La Cámara confirmó la sentencia que ordenó a la AFIP otorgar la exención solicitada.

Exencion Principio de legalidad Contribuyente Impuesto sobre los bienes personales Capacidad contributiva Responsable sustituto Ley n 27 260 Circular afip n 2 2017


¿Quién es el actor?

Diego José Lerner

¿A quién se demanda?

AFIP-DGI

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación de la Resolución N° 1/2020 que denegó la exención del Impuesto sobre los Bienes Personales para el período fiscal 2018.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda, ordenando a la AFIP que dicte un nuevo acto de conformidad con lo establecido en los considerandos. Asimismo, se declaró la inconstitucionalidad de la Circular AFIP N° 2/2017. Fundamentos principales:
- El contribuyente de derecho del Impuesto sobre los Bienes Personales es el Sr. Lerner, al ser quien verifica el hecho imponible. La Sra. Núñez, como responsable sustituta, sólo dio cumplimiento al pago del tributo. Por lo tanto, el beneficio de la exención previsto en el art. 63 de la Ley N° 27.260 le corresponde al contribuyente, no al responsable sustituto.
- La Circular N° 2/2017 de la AFIP excede sus facultades reglamentarias al interpretar la normativa de manera contraria a los principios de capacidad contributiva y legalidad, por lo que es nula.

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