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BLANCO, CARLOS c/ COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS DE CAPITAL FEDERAL s/EJERCICIO DE LA ABOGACIA - LEY 23187 - ART 47

El Colegio Público de Abogados sanciona a abogado por expresiones agraviantes hacia la judicatura. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma la sanción.

Recurso de apelacion Expresiones agraviantes Sancion disciplinaria Colegio publico de abogados Judicatura


¿Quién es el actor?

Carlos Gustavo Blanco

¿A quién se demanda?

Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación de sanción disciplinaria por expresiones agraviantes hacia la judicatura.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó el recurso de apelación y confirmó la resolución del Tribunal de Disciplina del CPACF que había sancionado al abogado Blanco con multa por infringir el Código de Ética y la Ley 23.187.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El Tribunal de Disciplina consideró que Blanco utilizó frases agraviantes y descalificatorias hacia magistrados en un escrito presentado en una causa penal, lo que constituye una infracción a los deberes de lealtad, probidad y buen estilo profesional.
- La Cámara señaló que las sanciones disciplinarias se fundan en infracciones éticas y no jurídicas, por lo que el Tribunal de Disciplina tiene amplio margen de apreciación, limitándose el control judicial a casos de arbitrariedad o indefensión.
- Se consideró acreditada la infracción, ya que el escrito presentado por Blanco contenía expresiones gratuitamente agraviantes que no eran necesarias para fundar su reclamo.

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