ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES c/ TELEFONICA DE ARGENTINA SA (EXP. 6135/08) s/PROCESO DE EJECUCION
Incidente de regulación de honorarios en un juicio ejecutivo. La Cámara Contencioso Administrativa Federal redujo los honorarios regulados por el juzgado de primera instancia, considerando el trabajo realizado por los profesionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
En el marco de un juicio ejecutivo entre el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES y TELEFONICA DE ARGENTINA SA, la Cámara Contencioso Administrativa Federal analizó el incidente de regulación de honorarios.
Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- Para la regulación de honorarios se debe ponderar la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido y la complejidad de los intereses económicos en juego. No debe aplicarse de manera automática los porcentajes previstos en los aranceles, sino que debe realizarse un análisis y evaluación de la tarea encomendada a los profesionales.
- El valor del juicio no es la única base computable para las regulaciones de honorarios, las que deben ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional.
- Atendiendo a la naturaleza de un juicio ejecutivo en el que se dictó sentencia y se opusieron excepciones, la Cámara consideró adecuado reducir los honorarios regulados en primera instancia a las sumas de $49.428, $86.499 y $111.213 para las Dras. Arbizu, Dinale y Passavanti, respectivamente.
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