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ALVAREZ, LIA MARISOL c/ CPACF (EXP. 31054/19) s/EJERCICIO DE LA ABOGACIA - LEY 23187 - ART 47

La abogada Lía Marisol Álvarez fue sancionada con un llamado de atención por el Tribunal de Disciplina del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala III confirmó la sanción.

Recurso directo Negligencia Sancion disciplinaria Ejercicio de la abogacia Etica profesional Infraccion deontologica


¿Quién es el actor?

Lía Marisol Álvarez, abogada matriculada

¿A quién se demanda?

Colegio Público de Abogados de la Capital Federal

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Sanción disciplinaria de llamado de atención impuesta a la abogada Álvarez

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó el recurso directo interpuesto por la abogada contra la sanción, considerando que no hubo arbitrariedad o ilegalidad en la decisión del Tribunal de Disciplina.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El Tribunal de Disciplina consideró acreditado que la abogada Álvarez incurrió en negligencia al no impulsar adecuadamente la producción de una prueba informativa en un proceso judicial en el que patrocinaba a una parte, lo cual configuró una infracción a los deberes éticos y deontológicos de la profesión. La Cámara entendió que la decisión sancionatoria se encontraba debidamente fundada y no verificó arbitrariedad o ilegalidad que justifique su modificación.

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