RAMOS, MARTIN LEONARDO c/ EN-AFIP-LEY 27605 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
El actor apeló la nulidad de la notificación a la demandada. La Cámara revocó la decisión y consideró extemporáneo el planteo de nulidad.
¿Quién es el actor?
Ramos, Martin Leonardo
¿A quién se demanda?
E.N.-A.F.I.P.-Ley nro. 27.605
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Proceso de conocimiento
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la providencia que había declarado la nulidad de la notificación a la demandada, considerando que el planteo de nulidad fue extemporáneo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El art. 170 del CPCCN establece que la nulidad no puede declararse si el acto fue consentido por la parte interesada, lo que ocurre cuando no se promueve incidente de nulidad dentro de los 5 días del conocimiento del acto. En este caso, la demandada reconoció haber recibido la notificación el 17/02/2023, por lo que debió plantear la nulidad dentro de los 5 días, lo que no hizo. Además, la demandada no indicó los perjuicios que le habría causado el acto cuestionado, lo cual es un requisito sustancial para la procedencia de la nulidad (art. 172 CPCC).
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