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VALLEJO, PEDRO GERARDO c/ EN - AFIP - RES 598/19 s/AMPARO LEY 16.986

Jubilado reclamó inconstitucionalidad de retención del Impuesto a las Ganancias sobre sus haberes. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la declaración de inconstitucionalidad y ordenó la devolución de los montos retenidos.

Intereses Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Jubilacion Amparo Devolucion

Declaración de inconstitucionalidad de los arts. 23, inc. c, 79, inc. c, 81 y 90 de la Ley de Impuesto a las Ganancias y devolución de montos retenidos

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al amparo, declaró la inconstitucionalidad de los artículos impugnados y ordenó a la AFIP abstenerse de retener y devolver los montos retenidos en los últimos 5 años.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Remitieron al criterio de la CSJN en el precedente "García" que declaró inconstitucional la aplicación del impuesto a los jubilados.
- Señalaron que la reforma de la Ley 27.617 no implicó un tratamiento diferenciado para el colectivo bajo análisis.
- Aclararon que hasta que el Congreso legisle en los términos fijados por la CSJN, los haberes jubilatorios del actor no quedarán alcanzados por el Impuesto a las Ganancias.
- Respecto a la devolución, ordenaron el reintegro de los montos retenidos en los 5 años anteriores a la demanda, con intereses.

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