Incidente Nº 1 - ACTOR: PETERSEN THIELE Y CRUZ SA-ROVELLA CARRANZA SA- UTE DEMANDADO: EN-DNV RESOL 777/01 623/09(EXPTE 10583/08) Y OTRO s/INCIDENTE DE TASA DE JUSTICIA
Parte actora solicita se intime a la demandada a pagar los intereses adeudados por la devolución de la tasa de justicia. La Cámara revoca la decisión del juez de primera instancia y ordena a la demandada el pago del crédito pendiente.
Devolución de intereses de tasa de justicia
¿Qué se resolvió?
La Cámara revoca la decisión del juez de primera instancia y ordena a la demandada que, en el plazo de 10 días, proceda a efectuar el pago en efectivo del crédito pendiente adeudado a la parte actora, correspondiente a los intereses derivados de la mora en la restitución de la tasa judicial. Impone las costas en el orden causado.
Los fundamentos principales son:
- La suma adeudada constituye un monto reconocido por la demandada, cuya liquidación se encuentra firme.
- La demandada debió incluir este monto en el presupuesto del ejercicio siguiente a la notificación de la liquidación, según lo previsto en la Ley N° 11.672.
- Desde que inició el año 2021, el interesado se hallaba habilitado para promover la ejecución forzada de su crédito, en razón de haber vencido los plazos previstos en las Leyes N° 23.982 y 11.672.
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