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GONZALEZ, ANABELA AIDA c/ EN - M SEGURIDAD - PSA - DTOS 836/08 Y 2140/13 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia que ordenó al Estado incorporar al haber mensual del personal de la Policía de Seguridad Aeroportuaria los suplementos y compensaciones regulados por los decretos 836/08 y 2140/13.

Intereses Anatocismo Actividad riesgosa Remuneracion Seguridad social Suplementos Compensaciones Policia de seguridad aeroportuaria Exigencia del servicio


¿Quién es el actor?

Personal de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA)

¿A quién se demanda?

Estado Nacional

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que se incorporen al haber mensual del personal de la PSA con carácter remunerativo y bonificable los suplementos por actividad riesgosa, por exigencia del servicio de seguridad aeroportuaria, y las compensaciones por vivienda, racionamiento, vestimenta y zona.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Este tribunal había reconocido previamente en otras causas ("Miers", "Barrientos" y "Jaras") el carácter remunerativo y bonificable de los referidos suplementos y compensaciones.
- Los suplementos deben ser liquidados conforme a los lineamientos establecidos por la Corte Suprema en el caso "Ramírez".
- Los intereses se devengarán desde que cada diferencia fue debida, a la tasa prevista en el decreto 941/1991, y serán cancelados según lo dispuesto en el art. 22 de la ley 23.982.
- Respecto al anatocismo, procede cuando el deudor es moroso en el pago luego de que se le haya intimado.
- Las costas de ambas instancias se distribuyen en el orden causado.

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