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AGENCIA MARITIMA ARGENPAR SA-TF 36660-A c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

Agencia Marítima Argenpar SA demandó a la Dirección General de Aduanas por infracción aduanera relacionada con faltante de soja. La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la sentencia del Tribunal Fiscal y confirmó la resolución aduanera.

Codigo aduanero Faltante de mercaderia Infraccion aduanera Aduana Agencia maritima Tolerancia Manifiesto de carga


¿Quién es el actor?

Agencia Marítima Argenpar SA

¿A quién se demanda?

Dirección General de Aduanas (DGA)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Infracción aduanera por faltante de soja a granel declarada en manifiesto

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la sentencia del Tribunal Fiscal y confirmó la resolución de la DGA.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El Tribunal Fiscal había considerado que el faltante debe calcularse por cada conocimiento de embarque y no sobre el total declarado en el manifiesto.
- La Cámara consideró que esto fue arbitrario, ya que la normativa aduanera (Decreto 343/2005) establece que la tolerancia del 4% se calcula sobre el total declarado en el manifiesto, no por cada conocimiento.
- Por lo tanto, correspondía confirmar la resolución de la DGA que aplicó la infracción sobre el faltante total.

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