EN - JGM c/ TALLERES NAVALES DARSENA NORTE SACIYN s/PROCESO DE EJECUCION
La Cámara Contencioso Administrativa Federal fijó los honorarios de la dirección letrada de la parte actora de acuerdo a la Ley de Honorarios Profesionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El presente caso trata de un proceso de ejecución, donde la Cámara Contencioso Administrativa Federal interviene para regular los honorarios de los letrados de la parte actora. En primer lugar, la Cámara señala que el juez a quo había regulado correctamente los honorarios de la primera etapa del proceso, distinguiendo las diferentes etapas y aplicando los aranceles correspondientes, sin que ello fuera objeto de agravio. En relación a la segunda etapa, la Cámara resalta que la Ley 27.423 establece que "los jueces no podrán apartarse de los mínimos establecidos en la presente ley, los cuales revisten carácter de orden público". En tal sentido, la Cámara eleva los honorarios de una de las letradas a 3 UMA, de acuerdo a lo dispuesto en el art. 58, inc. b) de la ley mencionada. Finalmente, la Cámara deja constancia que el fallo fue suscripto por dos vocales, en virtud de la vacancia del tercer cargo.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: