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CABAÑA OMAR ANGEL Y OTROS c/ EN-Mº INTERIOR Y TRANSPORTE s/EMPLEO PUBLICO

Profesionales y auxiliares de la justicia tienen derecho a una justa retribución por sus tareas, la Cámara modificó los honorarios fijados.

Recurso de apelacion Honorarios Profesionales Auxiliares de justicia Justa retribucion

¿Qué se resolvió en el fallo?

En esta sentencia, la Cámara Contencioso Administrativa Federal
- Sala III resuelve las apelaciones interpuestas contra los honorarios fijados a los profesionales y auxiliares de la justicia. La Cámara señala que los emolumentos de los profesionales y auxiliares deben traducir una justa retribución de las tareas desplegadas, compatible con la dignidad en el ejercicio profesional (art. 14 bis de la C.N). En base a ello, la Cámara modifica los honorarios fijados, estableciendo:
- Para la dirección letrada y representación de la parte demandada, se fijan honorarios por $60.000.
- Para el incidente de caducidad, se fijan honorarios por 0.6 UMA (equivalente a $15.223,8).
- Para las tareas de alzada, se establecen honorarios de 0.9 UMA (equivalente a $22.835,70) para el Dr. Ariel Alberto Landi.

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