CPC SA - ROVELLA CARRANZA SA - JCR SA UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS (TF 10275700-I) c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La Cámara Contencioso Administrativo Federal - Sala III fijó los honorarios del perito contador en una causa sobre recurso directo contra la AFIP.
¿Quién es el actor?
CPC SA
- ROVELLA CARRANZA SA
- JCR SA UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS (TF 10275700-I)
¿A quién se demanda?
DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso directo contra la AFIP
¿Qué se resolvió?
La Cámara fijó los honorarios del perito contador José Luis Domper en $600.000, aclarando que en caso de que acredite ser responsable inscripto en IVA, se deberá adicionar la alícuota correspondiente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En primer lugar, cabe recordar que los profesionales con especialidad en ciencias económicas tienen un régimen particular establecido por el decreto ley 16.638/57, en lo que atañe a las pautas respecto de la fijación de sus honorarios profesionales." "Sentado ello, teniendo presente la naturaleza, calidad y extensión de la tarea profesional cumplida, así como la razonable proporción que la retribución de los auxiliares de la justicia debe guardar con la de los restantes profesiones intervinientes en el pleito (cfr. C.S.J.N., Fallos: 245:139; 260:14; 261:223; 278:58, entre otros), se FIJAN los honorarios del Sr. perito contador José Luis Domper en pesos seisientos mil –$600.000– (cfr. art. 3 y concordantes del decreto ley 16.638/57)."
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