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MIRA, TOMAS ANTONIO c/ COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

Actor solicita que se autorice su acceso a jubilación. La Cámara Contencioso Administrativa Federal declara la competencia del Juzgado Federal de la Seguridad Social.

Competencia Jubilacion Seguridad social Fuero especializado Colegio profesional Acceso a beneficio

Que se ordene "poner a derecho" su matrícula de escribano y se genere una resolución administrativa o judicial para cumplir con los aportes necesarios y acceder a la jubilación.

¿Qué se resolvió?

La Cámara declara la competencia del Juzgado Federal de la Seguridad Social, en base a los siguientes fundamentos:
- El reclamo del actor involucra directamente una cuestión regida por normas de la seguridad social, lo que determina la competencia del fuero especializado.
- El fuero federal de la seguridad social posee una específica versación en la materia debatida, que se refiere al derecho de la seguridad social.
- La Ley 24.655 reconoce la autonomía jurisdiccional del fuero federal de la seguridad social.

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