FECOAM SA c/ EDESUR SA s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La empresa FECOAM S.A. apeló la regulación de honorarios a favor de la mediadora Amelia Antonia Cacciatore y del abogado Leandro Sivak. La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala II modificó los montos regulados, aumentándolos significativamente.
¿Quién es el actor?
FECOAM S.A.
¿A quién se demanda?
EDESUR S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de apelación contra la regulación de honorarios a favor de la mediadora Amelia Antonia Cacciatore y del abogado Leandro Sivak.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala II modificó la regulación de honorarios, elevando la retribución de la mediadora Cacciatore a $543.600 (120 UHOM) y la del abogado Sivak a $1.451.695 (47,5 UMA).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La regulación de honorarios debe ponderar la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido, la complejidad de los intereses económicos en juego y la contribución de cada profesional.
- No corresponde una aplicación automática de porcentajes arancelarios, sino una adecuada y prudente ponderación de todos los factores que inciden en la valoración de la tarea profesional.
- El valor del juicio no es la única base computable para las regulaciones de honorarios, las que deben ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional.
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