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HOYOS, MIRIAM MARCELA Y OTROS c/ EN-M SEGURIDAD- PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El Estado Nacional recurrió la intimación de pago de créditos laborales. La Cámara Contencioso Administrativa modificó la decisión y autorizó al Estado a realizar el pago conforme los plazos legales.

Intereses Ejecucion de sentencia Credito laboral Plazos de pago Presupuesto estatal


¿Quién es el actor?

Hoyos, Miriam Marcela y otros

¿A quién se demanda?

E.N. – Mº de Seguridad – PFA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamación de créditos laborales

¿Qué se resolvió?

La Cámara admitió parcialmente el recurso de apelación del demandado y dejó sin efecto la intimación de pago cursada, en razón de que el Estado se encuentra dentro de los plazos legales para abonar las sumas adeudadas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara analizó la normativa aplicable (arts. 22 Ley 23.982, 20 Ley 24.624 y 68 Ley 26.895) que otorga al Estado plazos para presupuestar y abonar condenas judiciales. Consideró que, si bien no procede la ejecución forzada, el Estado debe abonar los montos adeudados -capital más intereses
- sin necesidad de una nueva previsión presupuestaria.

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