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CAPPAGLI SAMBITO, FEDERICO AGUSTIN c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE SEGURIDAD - POLICIA FEDERAL ARGENTINA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor reclamó el suplemento Función Técnica de Apoyo creado por decreto. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y dejó sin efecto dichos suplementos a partir de su derogación por el decreto 142/22.

Intereses Decreto 380 17 Decreto 142 22 Personal militar y civil de las ffaa y de seguridad Suplementos Funcion tecnica de apoyo

Incorporación al haber mensual del suplemento "Función Técnica de Apoyo" creado por decreto n° 380/17

¿Qué se resolvió?


- Se confirma la sentencia de primera instancia en cuanto reconoció el suplemento, hasta la entrada en vigencia del decreto 142/22 que lo derogó.
- Se revoca la sentencia respecto a la incorporación del suplemento al haber mensual con posterioridad a la derogación por el decreto 142/22.
- Se dispone que las diferencias salariales adeudadas se abonen con los intereses que correspondan hasta el efectivo pago, conforme lo establecido por la normativa aplicable.
- Las costas de la instancia se distribuyen en el orden causado. Fundamentos relevantes:
- La Cámara remite a lo resuelto en la causa "Torrez, Manuel Antonio y otros c/ EN-Mº Seguridad-PFA s/ Personal militar y civil de las FF.AA. y de Seg." respecto a la procedencia del reclamo por el suplemento "Función Técnica de Apoyo".
- La Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente "Di Nanno, Camilo c/ EN – M Seguridad
- PFA s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg." también se pronunció sobre la procedencia de estos suplementos.
- El decreto 142/22 derogó los suplementos "Función Policial Operativa", "Función Técnica de Apoyo" y "Función de Investigaciones" a partir del 1/4/2022, por lo que no corresponde su inclusión en el haber del actor con posterioridad a dicha fecha.

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