PARDO, ESTELA c/ EN-AFIP-LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La actora promovió demanda para declarar la inconstitucionalidad de normas que gravan con Impuesto a las Ganancias los haberes jubilatorios. La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda, aplicando la doctrina de la Corte Suprema sobre la necesidad de un tratamiento diferenciado para los jubilados en situación de vulnerabilidad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Estela Pardo, reclamó la inconstitucionalidad del Impuesto a las Ganancias aplicado sobre su haber jubilatorio. El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda, declarando la inconstitucionalidad de las normas que establecen dicha retención y ordenando a la AFIP abstenerse de efectuar dichas retenciones y reintegrar los montos retenidos. La AFIP apeló la sentencia. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión de primera instancia. Señaló que la Corte Suprema, en el leading case "García, María Isabel", estableció que la sola capacidad contributiva no es suficiente para gravar los haberes jubilatorios, sino que debe ponderarse la vulnerabilidad de los jubilados por su avanzada edad. En el caso, se tuvo por acreditada la vulnerabilidad de la actora de 85 años, por lo que correspondía aplicar el criterio de la Corte. Además, la Cámara rechazó los agravios de la AFIP respecto a la procedencia de la vía escogida y la procedencia del reintegro de las sumas retenidas.
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