RODRIGUEZ JOSE ARGENTINO c/ EN-M° DEFENSA-AA-DTOS 1104/05 871/07 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El tribunal confirma los honorarios regulados al abogado apoderado de la parte actora, al considerar que deben ajustarse al mérito, complejidad y resultado obtenido en el trámite de ejecución de sentencia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El presente incidente versa sobre la regulación de honorarios al abogado apoderado de la parte actora por su actuación en el trámite de ejecución de sentencia. El tribunal considera que para fijar una retribución equitativa y justa, no basta con la aplicación automática de porcentajes arancelarios, sino que debe analizarse la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido y la complejidad de los intereses en juego. Cita jurisprudencia de la Corte Suprema que establece que el valor del juicio no es la única base para regular los honorarios, sino que deben ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional. En base a estas consideraciones, el tribunal confirma los honorarios regulados al Dr. MARIO RAUL ROBERTO BOBBETT, letrado apoderado de la actora, de conformidad con los artículos pertinentes de la Ley 21.839 modificada por la Ley 24.432. Asimismo, se establece que el monto del impuesto al valor agregado (IVA) integrará las costas del juicio y deberá adicionarse a los honorarios cuando el profesional acreedor revista la calidad de responsable inscripto en dicho tributo.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: