CAMUZZI GAS PAMPEANA SA c/ EN-AFIP-DGI- s/DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
Camuzzi Gas Pampeana SA recurrió la regulación de honorarios de los profesionales intervinientes. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó los emolumentos fijados, adecuándolos a la normativa vigente en cada etapa procesal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Camuzzi Gas Pampeana SA demandó a la AFIP-DGI. En el marco de dicho proceso, se regularon los honorarios de los profesionales intervinientes. Camuzzi interpuso recursos contra dichas regulaciones. La Cámara Contencioso Administrativa Federal analizó las tareas desarrolladas por los letrados y peritos en las diferentes etapas del proceso, bajo las leyes 21.839, 24.432 y 27.423. Confirmó los emolumentos regulados, ajustándolos a los criterios legales aplicables en cada caso, tales como la naturaleza, mérito, calidad y extensión de los trabajos. En relación a la regulación del perito contador, la Cámara la redujo considerando la proporción que deben guardar los honorarios de los expertos respecto de los restantes profesionales. También reguló los honorarios por los trabajos en la alzada, atendiendo al resultado obtenido y a la doctrina de la Corte Suprema.
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