BAEZ, ELADIO DARIO c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El personal de la Policía Federal Argentina reclamó el carácter bonificable de ciertos suplementos salariales. La Cámara Contencioso Administrativa Federal reconoció parcialmente el carácter remunerativo y bonificable de algunos de los suplementos, pero desestimó otros.
Reconocimiento del carácter bonificable de ciertos suplementos salariales
¿Qué se resolvió?
- Se reconoce el carácter remunerativo y bonificable de los suplementos por "Función Policial Operativa", "Función Técnica de Apoyo" y "Función de Investigaciones", en la medida en que hayan integrado la litis y sido efectivamente percibidos por el actor.
- Se desestima la pretensión respecto de los suplementos "Alta Dedicación Operativa" ("PADO"), "Alto Riesgo" ("GEOF" o "GE1") y "Zona".
- Se confirma la distribución de costas en el orden causado realizada por el juez de primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Sala se remite a lo resuelto previamente en el caso "Torrez, Manuel Antonio y otros" sobre la bonificabilidad de los suplementos del decreto 380/17.
- Se tiene en cuenta el fallo de la Corte Suprema en "Di Nanno, Camilo" sobre el tratamiento de estos suplementos.
- Se señala que el Decreto 142/22 derogó los suplementos de "Función Policial Operativa", "Función Técnica de Apoyo", "Función de Investigaciones" y "Responsabilidad por Cargo o Función", por lo que no corresponde reconocerlos a partir de esa fecha.
- Se confirma la distribución de costas en el orden causado, apartándose del principio objetivo de la derrota.
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