ASOCIACION MUTUAL DE ASOCIADOS DEL CENTRO CULTURAL Y DEPORTIVO FORTIN SPORT CLUB Y OTROS c/ BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA s/ENTIDADES FINANCIERAS - LEY 21526 - ART 42
La Cámara Federal regula los honorarios de los letrados que patrocinaron a la parte demandada en un juicio sobre entidades financieras.
¿Quién es el actor?
Asociación Mutual de Asociados del Centro Cultural y Deportivo Portin Sport Club y otros
¿A quién se demanda?
Banco Central de la República Argentina
- Objeto de la demanda: Reclamo relacionado con entidades financieras
- Ley 21526
- Art. 42
- Decisión del tribunal: La Cámara Federal regula los honorarios de la letrada patrocinante y la abogada apoderada de la parte demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Teniendo en cuenta la naturaleza del asunto, el resultado obtenido, el monto del juicio y la trascendencia de la cuestión en debate, así como el valor, motivo, extensión y calidad jurídica de la labor desarrollada durante el trámite ante esta alzada.
- Regula los honorarios de la Dra. María Laura Battaglini en $1.047.620 (equivalente a 30,47 UMA) y los de la Dra. María Alejandra Cortés en $419.110 (equivalente a 12,19 UMA).
- Estas regulaciones deberán cancelarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 51 de la ley 27.423, y no incluyen el Impuesto al Valor Agregado.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: