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FERNANDEZ, MARCELA ANDREA c/ EN-M SEGURIDAD-PSA-DTO 836/08 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Personal de la Policía de Seguridad Aeroportuaria demanda al Estado por el no reconocimiento de suplementos y compensaciones previstos en el Decreto N° 836/08. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.

Actividad riesgosa Corte suprema Suplementos Bonificable Remunerativo Compensaciones Policia de seguridad aeroportuaria Decreto 836 08 Ramirez


¿Quién es el actor?

Personal de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA)

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Objeto de la demanda: Reclamaban el reconocimiento como remunerativo y bonificable de los suplementos y compensaciones previstos en el Decreto N° 836/08 (por vivienda, vestimenta, racionamiento, zona y actividad riesgosa).
- Decisión del tribunal: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y ordenó al Estado Nacional incluir dichos conceptos en el haber mensual de los actores, con carácter remunerativo y bonificable, y abonar las diferencias salariales resultantes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara remitió a los fundamentos expuestos en las causas "Barrientos" y "Jaras" donde ya se había reconocido el carácter remunerativo y bonificable de esos suplementos y compensaciones.
- El artículo 15 del Decreto 142/2022 derogó a partir del 1° de abril de 2022 el suplemento "por actividad riesgosa".
- Los suplementos deben ser liquidados conforme a los lineamientos establecidos por la Corte Suprema en la causa "Ramírez".
- Las costas se distribuyen en el orden causado.

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