TIRITEX SRL c/ EN - M DESARROLLO PRODUCTIVO -SEC INDUSTRIA ECON DEL CONOC Y GESTION COMERCIAL (SIMI 253475Y) Y OTROS s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)
El tribunal fijó los honorarios de los letrados intervinientes en el proceso cautelar autónomo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
En el marco de un proceso cautelar autónomo, el tribunal procedió a regular los honorarios de los letrados que intervinieron en la causa. Fijó los honorarios de la AFIP-DGA en 1,6 UMA (equivalentes a $64.913,60), del Ministerio de Desarrollo Productivo en 1,6 UMA ($64.913,60), de la Dra. Paula Marisa Silva (letrada del BCRA) en 0,48 UMA ($19.474,08) y de la Dra. Rosana Alejandra Canedo (letrada del BCRA) en 1,12 UMA ($45.439,52). El tribunal consideró que dichos montos resultan ajustados a derecho, aclarando que los mismos no incluyen el IVA, el cual deberá abonarse en caso que los beneficiarios acrediten ser responsables inscriptos.
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