ENRE c/ EDESUR SA s/PROCESO DE EJECUCION
El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) promovió demanda ejecutiva por cobro de multa contra EDESUR SA. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó las excepciones opuestas por la empresa.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) Demandado: EDESUR SA Objeto: Cobro de multa impuesta por el ENRE Decisión: Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por EDESUR SA y se confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó las excepciones de inhabilidad de título, espera documentada y prescripción opuestas por la demandada. La Cámara señaló que la defensa de inhabilidad de título solo procede por vicios en las formas extrínsecas del título, sin poder examinar la causa del crédito. Además, las resoluciones del ENRE se presumen legítimas y tienen fuerza ejecutoria, mientras no se suspendan sus efectos. Respecto a la excepción de espera documentada, la Cámara indicó que resulta improcedente cuando la demandada no acompaña documentación que acredite el otorgamiento de un nuevo plazo o la suspensión de la exigibilidad de la multa. En relación a la prescripción, se señaló que en el proceso de ejecución de multas administrativas, la defensa se circunscribe al plazo para exigir el cobro por la vía ejecutiva, debiendo aplicarse supletoriamente las normas del Código Civil sobre prescripción liberatoria. Finalmente, la Cámara consideró que el hecho de creer tener razón no exime del pago de las costas al perdidoso, ya que activar la vía judicial genera gastos al oponente.
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