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DOMINGUEZ, ENRIQUE JAVIER c/ EN - M JUSTICIA Y DDHH - SPF - RESOL 607/19 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma los honorarios del letrado de la parte demandada en un incidente de caducidad.

Honorarios Ley 27 423 Orden publico Ley 21 839 Incidente de caducidad


¿Quién es el actor?

DOMINGUEZ, ENRIQUE JAVIER

¿A quién se demanda?

EN
- M JUSTICIA Y DDHH
- SPF
- RESOL 607/19

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Proceso de conocimiento

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma los honorarios del letrado de la parte demandada en un incidente de caducidad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El artículo 16 de la Ley 27.423 establece que los jueces no pueden apartarse de los mínimos establecidos, los cuales revisten carácter de orden público.
- El artículo 47 de la Ley 27.423 sobre porcentuales mínimos y máximos para incidentes fue observado por el Poder Ejecutivo, por lo que en ausencia de regulación específica, la Cámara acude como pauta orientadora al criterio establecido en la legislación anterior (art. 33, Ley 21.839).
- Teniendo en cuenta la naturaleza y resultado del incidente, así como la calidad y eficacia de la tarea profesional, la Cámara confirma los honorarios del letrado de la parte demandada.

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