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MISKOW, MARCOS ARIEL c/ EN-M DEFENSA-EJERCITO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor reclamó el pago de intereses sobre la condena por retroactividad salarial. La Cámara Contencioso Administrativo Federal modificó la resolución de primera instancia y ordenó una nueva liquidación que incluya los intereses hasta la fecha de efectivo pago.

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Pago de intereses sobre condena por retroactividad salarial

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la resolución de primera instancia, ordenando una nueva liquidación que incluya los intereses hasta la fecha de efectivo pago. La Cámara señaló que, según la jurisprudencia de la Corte Suprema, los intereses moratorios deben computarse hasta la cancelación del crédito a fin de satisfacer la integridad de la condena. Indicó que el depósito realizado por el Estado no puede reputarse como pago con efectos extintivos, debiendo continuarse el cómputo de intereses hasta el efectivo pago. Además, conforme a las leyes 11.672 y 23.982, si se agota la partida presupuestaria, el Estado debe arbitrar las medidas necesarias para incluir el pago en el ejercicio siguiente, sin que ello implique la suspensión del cómputo de intereses.

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