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IDAÑEZ ARIEL FABIAN Y OTROS c/ EN-M§ DEFENSA-EJERCITO-DTO 1104/05 751/09 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Cámara Contencioso Administrativa Federal declara la caducidad de la instancia por inactividad procesal de la parte en el recurso extraordinario federal.

Recurso extraordinario federal Caducidad de instancia Inactividad procesal Fuerzas armadas Ministerio de defensa


¿Quién es el actor?

Idáñez, Ariel Fabián y otros

¿A quién se demanda?

E.N.
- M§ Defensa
- Ejército
- Dto. 1104/05 751/09 y otros

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg

¿Qué se resolvió?

La Cámara declara la caducidad de la instancia por transcurso del plazo de 3 meses sin impulso procesal de la parte, de conformidad con el art. 310 del CPCCN.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El art. 310 CPCCN establece que se producirá la caducidad de la instancia cuando no se instare el curso del proceso dentro de los plazos fijados.
- Estos plazos se computan desde la última petición de las partes, resolución o actuación del tribunal que tenga por efecto impulsar el procedimiento.
- El fundamento del instituto radica en que la parte que promueve un proceso asume la carga de urgir su desenvolvimiento, y sólo queda relevada cuando sólo al Tribunal le concierne dictar una decisión.
- En el presente caso, la última actuación correspondió al Tribunal, cuando dispuso correr traslado del recurso extraordinario federal interpuesto. Desde entonces, transcurrió el plazo de 3 meses sin que la parte interesada haya impulsado el proceso, lo que justifica declarar la caducidad.

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