ENRE c/ EDESUR SA-RESOL 588/22 s/PROCESO DE EJECUCION
Demandada interpone recurso de apelación contra decisión que rechazó excepciones y ordenó llevar adelante la ejecución, pero el tribunal declara el recurso mal concedido por tratarse de un monto inferior al mínimo previsto.
- Actor: ENRE (Ente Nacional Regulador de la Electricidad)
- Demandado: EDESUR SA
- Objeto: Cobro de una suma de $623.111,31, con intereses y costas en proceso de ejecución.
- Decisión: El tribunal de primera instancia rechazó las excepciones de inhabilidad de título y de espera opuestas por EDESUR y ordenó llevar adelante la ejecución. La demandada apeló esa decisión.
- Fundamentos:
- El tribunal de alzada señala que, como juez del recurso, tiene la potestad de revisarlo de oficio tanto en su procedencia como en la forma en que fue concedido.
- En ese sentido, el art. 242 del CPCCN establece que son inapelables las sentencias definitivas y resoluciones cuando el monto cuestionado sea inferior a $700.000.
- Dado que el monto involucrado en este caso es inferior a dicho mínimo, corresponde declarar mal concedido el recurso de apelación interpuesto.
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