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ENRE c/ EDESUR SA-RESOL 588/22 s/PROCESO DE EJECUCION

Demandada interpone recurso de apelación contra decisión que rechazó excepciones y ordenó llevar adelante la ejecución, pero el tribunal declara el recurso mal concedido por tratarse de un monto inferior al mínimo previsto.

Ejecucion Monto minimo para apelacion Procedencia del recurso Excepcion de inhabilidad de titulo Excepcion de espera


- Actor: ENRE (Ente Nacional Regulador de la Electricidad)
- Demandado: EDESUR SA
- Objeto: Cobro de una suma de $623.111,31, con intereses y costas en proceso de ejecución.
- Decisión: El tribunal de primera instancia rechazó las excepciones de inhabilidad de título y de espera opuestas por EDESUR y ordenó llevar adelante la ejecución. La demandada apeló esa decisión.
- Fundamentos:
- El tribunal de alzada señala que, como juez del recurso, tiene la potestad de revisarlo de oficio tanto en su procedencia como en la forma en que fue concedido.
- En ese sentido, el art. 242 del CPCCN establece que son inapelables las sentencias definitivas y resoluciones cuando el monto cuestionado sea inferior a $700.000.
- Dado que el monto involucrado en este caso es inferior a dicho mínimo, corresponde declarar mal concedido el recurso de apelación interpuesto.

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