COLLAO OJEDA, LUIS OCTAVIO c/ EN-REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS Y OTRO s/HABEAS DATA
La actora apeló la declaración de caducidad de instancia decretada por el juez de primera instancia. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión.
¿Quién es el actor?
Luis Octavio Collao Ojeda
- Demandados: EN-Registro Nacional de las Personas y otro
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción de hábeas data
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la declaración de caducidad de instancia decreada por el juez de primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El Código Procesal establece que se producirá la caducidad de la instancia cuando no se impulsare el curso del proceso dentro de los plazos fijados (art. 310). Esos plazos se computan desde la fecha de la última petición de las partes o resolución que tenga por efecto impulsar el procedimiento (art. 311). En el caso, la última actuación impulsora fue el 14/8/23, cuando el juez dispuso dar cumplimiento a lo ordenado. Desde entonces y hasta el acuse de caducidad del 16/11/23 transcurrieron los plazos previstos, sin que la actora hubiese impulsado la causa, lo que evidencia desinterés en continuarla. El diligenciamiento del oficio el 15/11/23 no interrumpió la inactividad, ya que fue acreditado recién el 27/11/23.
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