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DELMENICO, RODOLFO Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - GN s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El Estado Nacional interpuso recurso de apelación contra la liquidación de intereses aprobada a favor de los actores. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la decisión al considerar que el Estado debe prever presupuestariamente el capital y los intereses para el pago oportuno de las condenas.

Ejecucion de sentencia Deuda no consolidada Intereses Presupuesto publico Ley 11 672 art 170


- Actores: DELMENICO, RODOLFO Y OTROS
- Demandado: ESTADO NACIONAL
- MINISTERIO DE SEGURIDAD
- GENDARMERÍA NACIONAL
- Objeto: Ejecución de sentencia por deuda no consolidada del Estado
- Decisión: La Cámara Contencioso Administrativo Federal rechazó el recurso de apelación interpuesto por el Estado y confirmó la liquidación de intereses por $6.705.061,54 aprobada por el juez de primera instancia.
- Fundamentos:
- La Corte Suprema estableció que para cancelar condenas firmes sujetas al procedimiento del art. 170 de la Ley 11.672, el Estado debe prever presupuestariamente el capital y los intereses hasta el efectivo pago, a fin de evitar la extensión de los procesos y el devengamiento de más intereses.
- En el caso, al no haber hecho la previsión presupuestaria integral, el Estado no puede pretender que el pago de la liquidación complementaria de intereses se rija por el procedimiento del art. 170 de la Ley 11.672.

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