TELEFONICA DE ARGENTINA SA c/ ENACOM - RES 384/23, 385/23, 436/23 Y 811/23 s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)
La actora Telefónica de Argentina S.A. interpuso un recurso de apelación contra la resolución que declaró la conexidad de la presente causa con otra en trámite. La Cámara revocó esa decisión.
¿Quién es el actor?
Telefónica de Argentina S.A.
¿A quién se demanda?
Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Telefónica solicitó medida cautelar para suspender los efectos de ciertas disposiciones del Régimen de Sanciones Aplicable para los Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (RSASTIC).
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la resolución que había declarado la conexidad de este expediente con otro donde Telefónica cuestionaba la validez del RSASTIC. La Cámara entendió que no se configuraban los requisitos de conexidad entre los dos procesos, ya que tenían diferentes objetos y pretensiones.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La mera identidad de partes y de la norma cuestionada no es suficiente para decretar la conexidad.
- Debe existir una "triple identidad" de sujeto, objeto y causa para justificar el desplazamiento de competencia a otro tribunal.
- Cada Sala de la Cámara puede interpretar y aplicar el mismo régimen jurídico de manera independiente, sin que ello implique contradicciones.
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