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CENCOSUD SA c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE ECONOMIA SECRETARIA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO s/LEALTAD COMERCIAL - LEY 22802 - ART 22

La firma Cencosud SA interpuso un recurso directo contra una sanción de multa impuesta por infracción a la Ley de Lealtad Comercial. La Cámara Contencioso Administrativa Federal resolvió remitir el caso a la Cámara Civil y Comercial Federal por ser este el órgano competente.

Recurso directo Competencia de tribunales Sancion administrativa Lealtad comercial Derogacion de ley


¿Quién es el actor?

Cencosud SA

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Economía
- Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso directo contra la Disposición Nº DI-2023-1887-APN-SSADYC#MEC que le impuso una multa por infracción a la Ley de Lealtad Comercial.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó la atribución de competencia y ordenó remitir las actuaciones a la Sala I de la Cámara Civil y Comercial Federal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El DNU N° 274/2019 derogó la Ley N° 22.802 de Lealtad Comercial y estableció que los recursos directos deben tramitarse ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal.
- Al haber sido interpuesto el recurso directo bajo el régimen del DNU N° 274/2019, corresponde que la competencia recaiga en la Cámara Civil y Comercial Federal y no en la Contencioso Administrativa Federal.

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