CONSORCIO DE COPROPIETARIOS VIEL 357 c/ EDESUR SA s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
El Consorcio de Copropietarios Viel 357 promovió demanda contra EDESUR SA por la instalación de un centro de transformación en su edificio. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión de primera instancia que ordenó remitir las actuaciones al Tribunal de Tasaciones de la Nación para determinar el monto indemnizatorio, pero revocó la distribución de costas.
¿Quién es el actor?
Consorcio de Copropietarios Viel 357
¿A quién se demanda?
EDESUR SA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamó indemnización por la instalación de un centro de transformación en el edificio y la constitución definitiva de la servidumbre administrativa de electroducto.
¿Qué se resolvió?
El juez de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda, condenando a EDESUR al pago de una indemnización diferida al Tribunal de Tasaciones, y rechazando la constitución definitiva de la servidumbre. En apelación, la Cámara confirmó la orden de remitir la determinación del monto indemnizatorio al Tribunal de Tasaciones, pero revocó la distribución de costas, imponiéndolas a la demandada vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El Tribunal de Tasaciones es el organismo competente para determinar objetivamente el monto indemnizatorio por servidumbres de electroducto, conforme la Ley 19.552 y la Resolución Conjunta ENRE-TTN. El peritaje realizado no permitió acreditar con certeza dicho monto. Corresponde aplicar el principio objetivo de la derrota para la distribución de costas.
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